Recuerden que conforme nuestro código de procedimientos en lo penal, las tareas periciales pueden realizarse mediante acta o informe escrito.
Iniciamos con las actas correspondientes. Es necesario que exista una diferencia acentuada entre el acta de procedimiento que es aquella labrada por el personal policial de prevención, donde dará cuenta de todos aquellos quienes ingresaron al lugar y de las diligencias u operaciones que se llevaron a cabo , y el acta de inspección ocular que la realiza un perito, con sus conocimientos específicos en abordaje a la escena y la búsqueda y manipulación de diferentes indicios.
ACTA DE INSPECCIÓN OCULAR
La que suscribe, Oficial Principal Maria Eugenia Petrini, Licenciada en
Criminalistica, Universidad Católica de Salta Sub Sede Buenos Aires Gendarmería
Nacional, designada para efectuar solicitado por la XXXXX, relacionado
con el Sumario Judicial Nº
xxxx del
registro que le corresponde, caratulado “xxxx AV/SU DESAPARICION DE LA
SUPERFICIE DE LAS AGUAS DEL RIO PARANA”, que se instruye con intervención
del Juzgado de Instrucción de la xxx. nominación de Rosario a cargo de la Dra. xxxx, Secretaría a cargo
del Dr. Cxxxx, informa:
Para
el desarrollo del presente análisis, el día lunes dos (2) de mayo del corriente
año, se destaco en la Prefectura Rosario una comisión de este Departamento
xxxx a cargo de la suscrita junto con el Oficial
Principal xxxxx–Bioquímica- y CI xxx Sanes.
Una vez, enterada
esta comisión de las particularidades del hecho (embarcación librada al uso de
su propietario, ausencia hasta la fecha de mayores datos sobre la desaparecida,
entre otros), se toma como primera medida realizar una amplia y detallada
inspección ocular en la embarcación involucrada, tendiente a buscar rastros o
indicios que ayuden a determinar el modo de ocurrencia de los hechos, con fundamento científicos - técnicos.
La Inspección Ocular comprende el
estudio minucioso y detallado del lugar del hecho o sitio en que se hallan los
indicios o evidencias de un suceso que interesa investigar. La importancia de
su estudio radica en la transferencia que se produce entre el lugar del hecho y
su zona circundante, y la persona o
indumentaria de la/s víctima/s y/o autor/es del ilícito.
La
etapa del reconocimiento de la prueba material debe estar fijada por la
comprensión de lo que sucede a una entidad en algún nivel fundamental, cuando
sufre cambio en el medio que la rodea, ya que ninguna modificación es posible
sin que se produzcan alteraciones en su ubicación en el espacio o
reorientaciones de sus características internas y externas. Estos cambios o
reorientaciones, se producen cuando las entidades son movidas, dispersadas,
rotas, rasgadas, marcadas, transformadas o transferidas.
Especial
consideración merecen las medidas de seguridad y protección del lugar del hecho
y la zona circundante, para impedir la eliminación, destrucción, contaminación,
nueva disposición u ocultamiento de las pruebas materiales y posibilitar la
conservación, en su estado original, en la escena del delito hasta que haya
sido debidamente documentada, con mediciones, esquemas, planos, fotografías,
etc.
Finalmente
es preciso resaltar que, mediante el proceso de identificación de indicios y
como resultado de la inspección ocular en el lugar del hecho y sus
inmediaciones, se podrá:
a)
probar
que un suceso se cometió o establecer elementos claves que conduzcan a ello;
b)
vincular
al sospechoso con la/s víctima/s y/o la escena del suceso;
c)
establecer
la identidad de las personas relacionadas con el hecho;
d)
exculpar
a quien/es resulte/n inocente/s;
e)
corroborar
las declaraciones de testigo/s, víctima/s y/o imputado/s; etc.
La diligencia de esta Inspección
Ocular, tiene lugar a raíz de la presunta desaparición de la superficie de las
aguas del Río Paraná, de una persona del sexo femenino, en circunstancias en
que la misma se encontraría a bordo de la embarcación “xxxx” –REY xxxx-
en compania de xxxx, momentos en que se hallaban xxxxaltura xxxx margen izquierdo del río xxxx, aproximadamente a las veinte/
veintiún (20 / 21) horas.
De este
modo, siendo esta comisión guiada por el Ayudante Principal xxx (representante de la Sección xxxx) hacia el sector donde se
encontraba la embarcación, y en presencia de los testigos hábiles requeridos para estos efectos...... se procede a describir las tareas realizadas:
El día dos
(2) de mayo del corriente año, siendo las catorce (14) horas la comisión de
referencia se traslada a la guardería naval Puerto xxxx, sita en la calle
xxxx setecientos xxx y xxx (xxx), zona poblada en la ciudad de
Rosario. Al arribar a la misma, se ingresa por el portón de entrada principal,
y tras pasar una barrera de acceso/egreso se recorre un camino pedregoso de
aproximadamente ciento cincuenta metros, el que guía hacia la caleta de
embarcaciones de esta guardería.
Es en
este sector, donde observan amarradas distintas embarcaciones entre las cuales
se halla la involucrada (Anexo 1), que resulta ser un crucero modelo xxxx motor Volvo xxx, con casco plástico, con las siguientes dimensiones:
Ø ESLORA: 10,90 m.
Ø MANGA: 3,60 m.
Ø PUNTAL: 1,5 m.
Así,
como primera medida y dadas las dimensiones del lugar, se inicia la
correspondiente inspección ocular llevando a cabo una metodología espiralada en sentido antihorario (de derecha a
izquierda), desde el exterior hacia el
interior (desde los laterales hasta llegar al centro), de arriba hacia
abajo.
De este modo, se procede a ingresar a la misma por la
planchada de popa (Anexo 2) donde se accede, tras bajar un escalón, a un salón
principal, que reúne las características de sala de estar, comedor y cocina,
dado que presenta las comodidades necesarias para ello (Anexo 3 y 4).
Iniciando
el recorrido en el interior y hacia estribor el primer sector que se encuentra
en bajo nivel, es un depósito de reducidas dimensiones (Anexo 5 Superior) el
que guarda diversos elementos como ser: almohadones, sillas plegables, cañas de
pescar, bebidas, zapatillas, ojotas, entre otros (Anexo 5 Inferior). Este
depósito se ha vaciado en su totalidad y cada uno de los elementos han sido
sometidos a un exhaustivo análisis utilizando luz natural y material de
magnificación, así como iluminación con distinta longitud de onda (luz
ultravioleta), variando el tipo de iluminación con el objeto de localizar
indicio alguno de violencia física o restos de fluidos biológicos, arrojando
esta operación, resultados negativos. Puestos los elementos nuevamente dentro
del deposito, se continua la inspección.
Por
encima del habitáculo anteriormente descrito, se encuentra un gabinete de
madera, con puertas de vidrio que en su interior contiene distintos tipos de
copas.
Se continua la inspección por una
mesada que presenta un cenicero, un velador, un libro, un porta velas, para
proseguir luego por un bajo mesada (Anexo 3) el que contiene platos plásticos,
fotografías de distracción, juegos de mesa, resultando la búsqueda negativa. A
continuación se procede por la siguiente bajo mesada, la que en su interior
contiene botellas con etiquetas de bebidas alcohólicas, compactos musicales y
víveres no perecederos (Anexo 6), sin encontrar elementos de interés pericial.
El
recorrido continua por los asientos con colchones móviles. Debajo de los
mismos, se presentan varios tambuchos, los que en su interior contienen:
PRIMER
TAMBUCHO DE ESTRIBOR: botellas varias (Anexo 7).
SEGUNDO
TAMBUCHO DE ESTRIBOR: cabos varios, caja de herramientas conteniendo elementos
de pesca, como ser anzuelos, tanzas, etc. (Anexo 8).
TERCER
TAMBUCHO DE ESTRIBOR (a proa): contiene bolsas de nylon vacías (Anexo 9).
Se
continua examinando el sector donde se encuentran los comandos, y luego se
prosigue con los asientos y sus colchones móviles de la banda de estribor. En
este caso, el primer tambucho de babor (con dirección hacia popa) contiene
distintos toldos protectores, mosquiteros y cabos (Anexo 10 Superior), mientras
que el tambucho siguiente presenta en su interior elementos de mantelería,
vajillas, etc. (Anexo 10 Inferior).
Prosiguiendo
con el recorrido, el sector de cocina tiene sobre la superficie de su mesada
diversos elementos (mate, bombilla, termo, jarra, repasador, porta yerba,
trapos), mientras que las alacenas contienen alimentos no perecederos,
infusiones, etc. (Anexo 11). Por debajo de la mesada, se presenta otra alacena,
la que guarda elementos de vajilla, detergente, una botella de limón. Por su
parte, en el bajo mesada se observa un horno de microondas, y por arriba del
mismo una cajonera que contiene utensilios de cocina varios (cuchillos,
tenedores, cucharas), mientras que por
debajo del horno mencionado hay otra cajonera, la que contiene artículos varios
(velas, juego de cartas, etc.) (Anexo 4).
El
recorrido continua con la inspección de una heladera, la que se encuentra fuera
de funcionamiento y contiene botellas de gaseosas varias.
Posteriormente, se inspecciona la mesa
principal, que en su superficie presenta dos individuales, papeles de diario,
un porta servilletas, un par de lentes de lectura y dos panaderas, elementos
estos que no contienen valor pericial.
De este
modo, se llega en el recorrido al centro de la embarcación, procediendo a
levantar la tapa del compartimento, que resulta ser de 0,76m por 0,60m y se
encuentra ubicada a 0,50m del deposito de popa, a 0,46m de los asientos de
estribor y a 0,49m de los asientos de babor. El mismo, en su interior contiene
una heladera portátil, cabos, una caja con un par de botas de lluvia color
amarillas (Anexo 12).
Se deja
constancia de que en el recorrido de la inspección ocular, luego de vaciar cada
uno de los compartimentos y analizar su contenido, se han colocado los mismos
en el lugar correspondiente.
A
continuación, se procede a ingresar al camarote principal, el que se presenta relativamente
ordenado, con la cama deshecha, y un juego de cama (sabanas, almohadas,
frazada) ubicado en el extremo de babor (Anexo 13).
A los
efectos de no alterar el lugar a inspeccionar, se procede en primera instancia
a someter el sector bajo la radiación de luz UV a los fines de detectar fluidos
biológicos, resultando esta diligencia de manera negativa. Es así que
posteriormente, se abre la escotilla superior para lograr mejor iluminación y
se procede a retirar los colchones a los efectos continuar con las tareas en
tambuchos y estanterías que este camarote presenta.
De este
modo, se han encontrado:
TAMBUCHO
DE ESTRIBOR: juegos de sábanas varios, caja de veinticinco (25) cartuchos
calibre xxxxxx marca xxx, la que se encuentra con la totalidad de las
municiones, una funda roja que en su interior contiene escopeta calibre xxx,
marca xxxcon número de serie xxx(Anexo 14 Superior), la que a simple vista
puede comprobarse que se encuentra descargada, presentando en el interior del
ánima del cañón adherencia de sustancia granulosa, la que en el lugar, no puede
determinarse de que sustancia se trata. Asimismo se encuentra una sabana azul,
a cuadros, la que presenta manchas de una coloración pardo rojiza, la que ha
sido sometida a un ensayo preliminar (ver Informe Tècnico).
TAMBUCHO
DE PROA: Presenta juegos de sábanas, cubrecamas, etc.
ARMARIO
DE PROA: presenta doblada, ropa de mujer y de hombre (remeras, pantalones de
jean, buzos, etc) (Anexo 14 Inferior).
Los
restantes tambuchos que se encuentran a babor,
presentan ropas varias.
La
inspección ocular finaliza con el desarrollo de la diligencia en el toilette,
donde tras analizar la totalidad del mismo, no se han detectado elementos de
interés pericial (Anexo 15).
Asimismo
y como se mencionara, en toda la inspección llevada a cabo desde el techo de la
embarcación hasta la cubierta (paredes, ventanales, cortinas desplegables,
almohadones, piso, entre otros) no se han detectado elementos que contengan,
signos de violencia física. Además, cada sector se ha analizado bajo la
radiación de luz UV la que no ha dado indicios de restos de fluidos biológicos.
Finalizada
la inspección en el interior de la embarcación,
se continua la misma en el sector exterior, realizando el
correspondiente recorrido desde la planchada de popa (tapas de motor), banda de
estribor, proa, banda de babor y cabina de mando.
En
toda la inspección en el interior no se han encontrado elementos que guarden
una importancia pericial con relación al hecho que se investiga, por lo que a horas
dieciséis (16.00) aproximadamente, se dan por finalizadas las tareas
vespertinas (ver Dictamen xxxde la División Laboratorio Químico).
A
la luz de los elementos de juicio tenidos durante el desarrollo del presente
análisis, quien suscribe se encuentra en condiciones de arribar a la siguiente
conclusión:
QUE
DE LA INPSECCION OCULAR PRACTICADA EN LA EMBARCACION “xxxx” REY –xxx–
DESCRITA OPORTUNAMENTE EN EL PUNTO OPERACIONES REALIZADAS, NO SURGEN EVIDENCAS
QUE INDIQUEN QUE SE HAYAN COMETIDO A BORDO ACCIONES VIOLENTAS.
Es cuanto se
informa.
Se eleva el presente
Acta compuesto de siete (7) fojas útiles, y quince (15)
ilustraciones.